martes, 22 de febrero de 2011

Invertir en Warrants..


Hola a todos de nuevo, tras una semana de descanso, regreso al mundo matemático-financiero, con mi cuarto post, esta vez, sobre los warrants, un concepto extraño y desconocido para la gran mayoria de la población, y que intentaré explicar en las siguientes líneas. Así, esta entrada, para variar un poco la forma de exponer utilizada en las anteriores entradas, constará de varias preguntas y apartados que se responderán y explicarán inmediatamente después de plantearse.

¿Qué son los Warrants?
Los warrants son contratos que se compran y venden en Bolsa, donde son negociados. Si se desea adquirir, lo único que se debe hacer es ponerse en contacto con un intermediario financiero, un banco, que será el encargado de buscar el warrant que desee según el precio del mercado. Los warrants otorgan a la persona que los compra, el derecho, que no la obligación, de comprar (lo que se denomina call warrant) y vender (llamado put warrant), una cantidad determinada del activo subyacente (que puede ser una acción, que es el activo más habitual, un índice bursátil, un tipo de interés o una combinación de todos estos tipos de activos), a un precio determinado, bien a lo largo de la vida del warrant o a su vencimiento.
  

Para poder adquirir ese derecho, es imprescindible el pago de la prima, es decir del precio del warrant. La cantidad a pagar viene siempre marcada por su precio de cotización.
Para que todos lo podamos entender bien, pondré una explicación muy sencilla a modo de aclaración, que encontré por la red, y que sin entrar en muchos conceptos, ofrece una visión sobre este concepto de warrant.
Podemos considerar que adquirir warrants es como una apuesta. Un inversor apuesta cierta cantidad de dinero (que es lo que hemos denominado prima o precio del warrant) a que el precio del activo subyacente va a subir (call warrant) o va a bajar (put warrant), respecto a un valor límite (que llamaremos strike), antes de una determinada fecha (la fecha del vencimiento del warrant).

Algunos conceptos que deberían quedar claros
 
 En el inicio de este nuevo post, se han nombrado varios conceptos relacionados con el tema que tratamos, los Warrants, que creo que es necesario que detalle por separado, explicando brevemente el significado de cada uno de ellos, ya que influyen en el total de esta forma de inversión.
  • Activo Subyacente: Es el activo sobre el que invertiremos a través del warrant. Los activos pueden ser una acción, un tipo de interés, un índice bursátil, una materia prima, o una combinación de estos tipos de activos.
  • Prima o Precio del Warrant: Es el importe que hay que pagar cuando se adquiere el warrant. En otras palabras, es el valor en unidades monetarias al que se compra o vende un warrant. La prima se compone de dos valores:
      • Un valor intrínseco, que se obtiene de la diferencia entre el precio del activo subyacente y el precio del ejercicio.
      • Un valor temporal, es la parte sujeta a factores como la volatilidad y el tiempo.
  • Precio del ejercicio o Strike: Es el precio al que se acuerda comprar y vender el activo subyacente.
  • Fecha de vencimiento: Es el último día de vida del warrant. En este día vence el derecho que el warrant lleva implícito. El tenedor del warrant puede venderlo primero, y comprarlo después, tantas veces como desee hasta la fecha de vencimiento del contrato.
A continuación he incluido un video que espero sea una explicación aclaratoria por si, aún despues de mi explicación, han quedado dudas:




Algunas ventajas de invertir en Warrants

          -Efecto Apalancamiento: Gracias a este efecto, se explica porque al invertir una pequeña cantidad de dinero, se obtiene un beneficio potencial mayor. El inversor, puede elegir entre comprar una unidad del activo subyacente, o invertir en warrants. Si la inversión elegida es esta última, el precio a pagar será el de la prima, que es una parte del precio del activo subyacente. Por lo tanto, los beneficios serán superiores para esta inversión.

          -Limitación de Pérdidas: Puesto que al invertir en warrants, lo único que se adquieren son derechos, nunca obligaciones, en caso de pérdidas, la máxima cantidad que se puede exigir es la invertida en el warrant, es decir el precio de la prima. Por lo que se limitan en gran parte los posibles endeudamientos futuros.


          -Cobertura de carteras: Mediante la adquisición de un put warrant, que se autoprotege ante una caída estrepitosa de las cotizaciones garantizándonos la posibilidad de venderlo a un cierto valor, aunque su precio en el mercado sea inferior.

          -La Facilidad en la Negociación: Los warrants son productos que se negocian en bolsa, y para su compra y venta, es necesaria la participación de un intermediario financiero, un banco.



Algunos inconvenientes de invertir en Warrants

          -El Tiempo: Una variable que siempre juega en contra del inversor en warrants, es el tiempo. Según se vaya acercando la fecha del vencimiento del warrant, éste va perdiendo valor, ya que la probabilidad de que el activo subyacente evolucione favorablemente es cada vez menor.

          -La Volatilidad: Es el concepto por el que se mide la variación entre la cotización del activo subyacente, respecto de su valor medio esperado. Cuantas más oscilaciones se den en la cotización del activo, tanto en positivo como en negativo, mayor será la volatilidad, y con ello el precio del warrant o prima, puesto que la probabilidad de que se obtenga un resultado positivo es mayor. Y al contrario, es decir, cuantas menos oscilaciones, menor será la volatilidad y por tanto, menor la prima a pagar.



¿Quiénes son los emisores de warrants?


Por último, y a modo de conclusión, por si éste post ha despertado vuestra vena inversora, detallaremos quienes son los emisores de estos contratos, que como ya mencionamos con anterioridad, son las entidades financieras y a continuación se adjunta una tabla con algunas de estas entidades emisoras de warrants. 
   

martes, 15 de febrero de 2011

El Riesgo-País marca la pauta...


Mi tercera entrada tratará el tema del riesgo-país, un concepto que aunque en nuestra vida cotidiana no solamos escucharlo y menos aún tratarlo, para los bancos es un componente muy importante estudiado por los Departamentos de Estudio y Gestión de Riesgos tanto de los bancos como de las compañías de seguros y otras muchos grupos relacionados con el sistema Financiero.

Este concepto emprendió su andadura allá por los años 50, con el crecimiento de la Banca a nivel internacional, aunque no tuvo ahí su mayor notoriedad, ya que su gran auge en los Sistemas Financieros de todo mundo se produjo a partir de la crisis de deuda originada en Latinoamérica, en los inicios de los años 80.

El concepto o definición de Riesgo-País es muy amplio y abstracto, en cuyo análisis es necesario realizar el estudio de diversos aspectos, desde los económicos y financieros más propios de este concepto, hasta políticos, históricos y sociológicos. En términos generales podremos definir el concepto de Riesgo-País como el índice que mide o que al menos lo intenta, ya que es su función, el grado de riesgo que un determinado país supone para todas las inversiones extranjeras. También lo podemos definir como la probabilidad de que se produzca una pérdida financiera en un país por aspectos y circunstancias citados con anterioridad en este mismo párrafo.
Los inversores decididos a realizar una inversión, deben elegir dónde invertir, ya sea en su propio país o fuera de este, y cómo invertir, buscando siempre como es lógico y normal, maximizar sus beneficios y ganancias obtenidos con esa inversión, para ello les es imprescindible el concepto de Riesgo-País, siempre que inviertan en el extranjero, que actúa de indicador, para poder ver que probabilidad existe de que se produzcan pérdidas con esa inversión o de que la inversión no resulte todo lo rentable que esperábamos. Eso sí, es bueno anotar en este punto que las deudas que se contraigan por impagos o insolvencia de cualquier deudor privado, conformarán el llamado, riesgo comercial, ajeno al Riesgo-País.

A continuación incluiremos un ejemplo ofrecido por el Banco de España, en el que ambos riesgos arriba citados no son claramente distinguibles uno del otro, y otro referido al Riesgo-País:

Una vez explicado el concepto y algunos ejemplos de Riesgo-País, es necesario que sepamos cómo podemos obtener información sobre este riesgo. Puesto que para su estudio, entran en juego numerosos factores a parte del puramente económico, que pueden llevar al riesgo, será necesario que se pueda obtener una información completa en la que esto haya sido debidamente incluido. Puesto que explicar cada una de las fuentes de la información que existen podría resultar lioso e incluso complicado de entender debido a la gran cantidad de éstas, incluiré un cuadro resumen en forma de esquema, realizado por el Banco de España, en el que se realiza una clasificación de las fuentes de Información, incluyendo ejemplos de cada una de las fuentes:  


Los mercados, aunque no se incluya en este cuadro-esquema, aportan una gran cantidad de información, enormemente valiosa, sobre el riesgo de impago que entraña un determinado país. Para ello, se realiza una operación diferencial entre las tasas que se pagan en los Bonos del Tesoro de Estados Unidos, y las que se pagan por los Bonos del Tesoro del país objeto del estudio. Esto es así, es decir, se toma como modelo de la comparativa a Estados Unidos, ya que se presupone el país con menos peligro de caer en riesgo de mercado, este riesgo es medido por el índice Emerging Market Bond Index Plus (EMBI+), elaborado por el banco de inversión estadounidense J. P. Morgan, poseedor de filiales en varios países latinoamericanos, como Argentina, Brasil, Ecuador, etc.
El EMBI+ comenzó a publicarse en 1995, con el fin de reflejar los rendimientos de una cartera de deuda de los mercados emergentes. El Riesgo-País se mide en puntos básicos, lo que quiere decir que cada 100 puntos equivaldrán a un 1%, por ejemplo, cuando el Riesgo-País se sitúa en 1.200 puntos, en realidad se dice que el bono del país emisor paga el 12% más que el de Estados Unidos.
Una vez se ha hecho un estudio más o menos completo de lo que es el Riesgo-País, cómo se mide y quién lo mide, es necesario que detallemos algunos de los factores determinantes e influyentes en el Riesgo-País:
  •   ­ Prima por Inflación: Es la compensación por la declinación del poder adquisitivo del dinero que se ha prestado.
  •  ­ Prima por el Riesgo de Incumplimiento: Es la recompensa por enfrentarse a la posibilidad de incumplimiento en un préstamo o bono.
  •  ­ Prima por Liquidez: Es la recompensa por invertir en un activo que no podrá ser convertido rápidamente en valor efectivo
  •  ­ Prima por Devaluación: Es la recompensa por invertir en un activo de distinta de la divisa del inversor.
  •  ­ Prima por Vencimiento: Cuando mayor sea el plazo de vencimiento del bono, menor es su liquidez.
  •  ­ Otros factores que entran en juego pueden ser la estabilidad política y económica del país, la situación del área geográfica del país, la situación de los bancos, etc.
Para concluir, añadiremos que a Noviembre del pasado año, la prima de riesgo española registró un máximo histórico desde la introducción del Euro, al alcanzar un diferencial de 266 puntos básicos, a pesar de que se llegaron a rozar los 300 puntos básicos. Asi, se añade un cuadro con la evolución de la prima de riesgo desde 1994 hasta 2010.


domingo, 6 de febrero de 2011

Seguros de Vida: ¿Asegurar la vida de los demás?

Mi segunda entrada en este blog será sobre un tema muy popular aunque a la vez muy personal, en el que no es oro todo lo que reluce, puesto que se pone de manifiesto el negocio que esa palabra tan temida pero a la vez tan inevitable, la muerte, trae consigo. En este asunto que algunos consideran tabú incluso hoy en día, encontramos una especie de contrato entre un asegurado y un asegurador, por el que se reportarán unos beneficios directos a los familiares que al mismo tiempo que pierden a un familiar, tienen que asumir unos costes mortuorios bastante elevados.

Estos ya nombrados, seguros de vida, son bastante habituales entre todos nosotros, ya que tratan de reducir el impacto económico a corto y medio plazo producido por la muerte de un familiar. La contraprestación que se recibe se estipula en función de la prima: cuanto más alta sea, mayor será la indemnización, pero también cabe señalar que, cuantos más años tenga el tomador del seguro, más baja será la cifra, hasta llegar a una edad (de 65 a 70 años, depende de las compañías), en que los seguros ya no se renuevan, cosa que se realiza anualmente en casos normales, aunque también se puede realizar un contrato con una duración en años determinada.
También debemos comentar que al igual que todo seguro que se precie, estos también cuentan con su propia regulación, en este caso en la Ley 50/1980 de los contratos del Seguro. Estos Seguros pueden equipararse con los distintos tipos de pólizas que comprenden aquellos riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud de la persona asegurada. De acuerdo a la legislación vigente, si el tomador del Seguro de Vida y la persona que se recoge en el contrato como asegurado no son la misma, será necesario el consentimiento expreso en la póliza del asegurado.

Respecto a la estructura de estos Contratos de Seguro, podemos decir que sigue la misma que cualquier otro seguro que podamos imaginar, conteniendo los mismos elementos que en estos:
Ø  ASEGURADOR: Será la compañía que nos ofrecerá una contraprestación a cambio de una prima que rigurosamente se tendrá que ir pagando en los plazos que se establezcan.
Ø  TOMADOR DEL SEGURO: Es aquella persona que contrata la póliza, bien sea a su nombre o a nombre de una tercera persona, y a su vez es quien asume el pago de las primas.
Ø  ASEGURADO: Es la persona que figura en el contrato como aquel que cubre sus riesgos con la póliza.
Ø  BENEFICIARIO: Aquella persona que al fallecimiento de un familiar resultará indemnizada con la contraprestación del Seguro contratado.
Ø  PRIMA: Es la cantidad de dinero que el tomador del Seguro debe pagar a cambio de la cobertura de ciertos riesgos.

Otro aspecto que cabe señalar es que una vez se haya procedido a la formalización del contrato por el Seguro de Vida, sí que se podrán producir cambios en cuanto a las personas beneficiarias de la póliza, a diferencia de otro contratos, que una vez firmados no podrán aceptar ningún tipo de modificación en el texto. Estos cambios podrán darse a través de una notificación fehaciente del tomador al asegurador o bien mediante el testamento por la inclusión de cambio de beneficiarios sobre Seguros de Vida.
Una vez se ha obtenido una visión más o menos completa de qué son y en qué consisten estos Seguros de Vida, podremos detallar una pequeña clasificación de éstos según el riesgo que cubren:
Ø  Seguros en caso de muerte: En los seguros de este tipo, al fallecimiento del asegurado, el asegurador abona al beneficiario el importe del seguro.
Ø  Seguros en caso de vida: En estos seguros la entidad aseguradora abona al asegurado el importe del seguro, siempre que viva al vencimiento de un determinado periodo de tiempo. También puede establecerse el pago de una renta periódica mientras viva el asegurado, a partir de una fecha establecida de antemano con la compañía.
Ø  Seguros mixtos: Constituyen una combinación de los seguros de muerte y los de vida. Por lo tanto, el importe del seguro se paga a los beneficiarios si el asegurado muere antes de vencer el contrato, y se le entrega a él si no se ha fallecido en la fecha estipulada.
                                                     
Las Compañías aseguradoras al ofrecer sus Seguros de Vida se cubren ante ciertas situaciones, como puede ser:
Ø  En los seguros de muerte, quedan incluidas únicamente las causas que estén contempladas en la póliza de seguro. En el caso de muerte dolosa por parte del beneficiario del seguro al tomador de éste, el patrimonio del seguro se integra dentro del patrimonio del asegurador.

Ø  En el caso del suicidio, que está considerado como el caso más polémico,  tenemos que saber que la póliza si cubre este fallecimiento salvo que se hubiera establecido lo contrario en la póliza de seguro. Se entiende por suicidio la muerte producida voluntaria y conscientemente por el asegurado.
Este tipo de seguros se puede realizar no solo a título individual sino también por grupos de personas, siempre y cuando todos se encuentren afectados por un mismo tipo de riesgo. Para que este punto pueda entenderse mejor, servirá de ejemplo una unidad de bomberos, en los que todos están sometidos al mismo riesgo, ya que desempeñan el mismo trabajo. Por tanto, esto quedaría como un Seguro Colectivo de Vida de una Unidad de Bomberos.
Cabezas de familia con hijos pequeños o adolescentes

Aunque también se suelen dar casos en los que se contrata un Seguro Básico de Vida, ya que el valor de sus cuotas no es muy alto, los más solicitados son aquellos que resultan más convenientes económicamente hablando a la viuda, viudo o los hijos de la persona fallecida. Estos seguros son sin duda los más solicitados por aquellas familias cuya supervivencia económica se basa en un único miembro de la familia, siendo el cabeza de familia y objeto del Seguro de Vida. En estos casos, el seguro tiene que ofrecer una cobertura suficiente para que las personas que de él dependen, subsistan hasta que éstos consigan otra fórmula de sustento.


La salud y la edad entre otros, determinantes en los seguros.

A pesar de que con unas normas estándar, cada seguro de vida es particular y se realiza en función de su tomador y sus exigencias  y preferencias. Las personas que representan un mayor riesgo para la compañía aseguradora por motivos evidentes de edad, enfermedad o empleo peligroso, son las personas a las que más caro les sale el contratar un seguro, si es que pueden conseguirlo, ya que ninguna compañía está obligada a aceptar a un cliente. La aseguradora estudia a cada cliente de forma individual, pronostica riesgos de lesiones, enfermedades, etc., para poder así fijar la prima mínima que habrá de pagar, y para ello considera su edad, salud, ocupación, pasatiempos, costumbres, e incluso su historial. Valga de ejemplo el siguiente, en el que en algunas compañías aseguradoras, por ejemplo, los fumadores pagan más por el seguro de vida.



Si una vez explicados estos Seguros de Vida, sientes interés por saber cuál sería tu Seguro de Vida ideal, existen páginas web, que con algún que otro dato personal te da el idóneo para tu caso, en base a las distintas Compañías Aseguradoras con las que trabaja este sitio web. Puedes visitarlo si te interesa o simplemente por curiosidad: